SERVICIO LEGAL MIGRATORIO
Apelación ante la BIA de una decisión del juez de inmigración (hasta la decisión de la Junta)
Para una persona que apela una decisión del juez de inmigración ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, conforme a las reglas y plazos correspondientes.

CÓMO INICIAR SU CASO
En qué consiste este servicio
Comenzamos revisando su historial migratorio, elegibilidad, documentos y objetivos. Esto nos ayuda a determinar si el servicio estándar descrito corresponde a su situación y qué pruebas serán necesarias.
PREPARACIÓN DE SUS PRUEBAS
Documentos que generalmente revisamos
Los documentos exactos dependen de su historial, elegibilidad y requisitos de presentación.
- Decisión escrita u oral del juez de inmigración
- Expediente judicial y documentos de audiencia disponibles
- Pruebas y escritos jurídicos anteriores
PREPARACIÓN LEGAL
Cómo preparamos el caso
Evaluamos cuestiones apelables, preparamos el aviso de apelación y el escrito jurídico sustantivo, y damos seguimiento hasta la decisión de la Junta dentro del alcance contratado.
Explicamos el plan de presentación y las particularidades del asunto antes de iniciar la representación.
ALCANCE Y LÍMITES DE LOS HONORARIOS
Qué está incluido y qué genera cargos adicionales
Honorarios fijos por una apelación estándar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) de una decisión del juez de inmigración, hasta la decisión de la Junta. Incluye la revisión de la decisión judicial y del expediente disponible; evaluación de los argumentos apelables; preparación y presentación del Formulario EOIR-26, Aviso de Apelación; Formulario EOIR-27, Aviso de Comparecencia del Abogado ante la BIA; investigación jurídica; un escrito principal de apelación; presentaciones ordinarias mediante ECAS cuando esté disponible; y seguimiento habitual del caso hasta la decisión de la Junta. Excluye tarifas gubernamentales de presentación; costos de transcripciones y obtención extensa de expedientes; traducciones; solicitudes urgentes de suspensión de expulsión; apelaciones de fianza; asuntos penales o jurisdiccionales extraordinariamente complejos; alegatos orales; escritos suplementarios extensos; mociones de reapertura o reconsideración; y peticiones de revisión ante tribunales federales. El alcance estándar y los plazos aplicables se precisarán en el contrato de representación. Cuando correspondan, las respuestas a solicitudes de evidencia (RFE) relacionadas con el asunto representado están incluidas en los honorarios fijos del abogado. Toda respuesta a una notificación de intención de denegar (NOID) relacionada con esta solicitud o representación, igual que una respuesta a una solicitud de evidencia (RFE) del mismo asunto, está incluida en los honorarios fijos sin cargo adicional de abogado.
El contrato de representación firmado determina el alcance exacto. Las tarifas gubernamentales y gastos externos, cuando correspondan, no están incluidos salvo indicación expresa.
PREGUNTAS FRECUENTES
Antes de comenzar
¿El precio incluye las tarifas gubernamentales?
No. El importe publicado corresponde a los honorarios del abogado. Las tarifas de USCIS o consulares y los gastos médicos, de traducción y de terceros, cuando correspondan, se cobran por separado salvo que el alcance específico indique lo contrario.
¿Cobran honorarios adicionales si USCIS envía un RFE o NOID?
No cobramos honorarios adicionales por responder a RFE o NOID que surjan dentro de un asunto de Green Chavez ya cubierto por un contrato de honorarios fijos. Los servicios independientes de RFE y NOID son únicamente para clientes nuevos con solicitudes presentadas personalmente o por otro despacho.
¿Cómo sé si mi caso corresponde a estos honorarios estándar?
Comuníquese con el despacho para revisar su elegibilidad y el alcance particular. Si su situación excede el servicio publicado, explicaremos por escrito el trabajo y los honorarios adicionales antes de contratar.